Título de ciudad y escudo de armas
para Zacatecas.
Por Bernardo del Hoyo Calzada.
Introducción a la ciencia del Blasón.
En el libro
Tratado completo de la Ciencia del Blasón, nos dice en “Origen del Blasón”:
llamase blasón el arte de componer y explicar los escudos de armas que tocan a
cada linaje, ciudad o persona, y por lo mismo que facilita la inteligencia de
las antiguas crónicas y de las leyendas maravillosas de la edad media que
tantos atractivos atesoran, conviene mucho tener de, él aunque no sea más que
unas ligeras nociones.
La palabra blasón
viene del alemán blasen, tocar la
trompeta, porque tocaban la trompeta los caballeros que se presentaban en las
lizas de los antiguos torneos, a fin de anunciar su llegada. Otros la hacen
derivar del inglés blase, to blase, publicar; a blaser, pregonero. Pero estas dos opiniones deben evidentemente
confundirse en una sola, porque estas tres palabras son de una misma naturaleza
y su afiliación es fácil de comprender. De la expresión alemana blasen, tocar la trompeta, se llaga sin
dificultad a las palabras inglesas to
blase, publicar, a blaser,
pregonero; por cuanto el ultimo antes de hablar advertía siempre al público con
su trompeta, costumbre que ha llegado hasta nuestros días.
En los torneos, el
heraldo, después de haber tocado la trompeta, describía en voz alta las
armerías del caballero que se presentaba para combatir: llamábase a esto blasonar. Lo que el heraldo describía
sido llamado blasón, y más tarde, cuando se multiplicaron las armerías hasta lo
infinito, cuando se sometieron a reglas fijas e invariables, cuando se crearon
los reyes de armas, entonces se llamó a todo ese conjunto blasón.
Llamase también arte heráldica, porque era obligación de
los heraldos y reyes de armas (1) el blasonar las armerías de los nobles que se
presentaban en los torneos y registrarlas en sus libros.
Viene el uso de los
escudos de la antigua arma defensiva que la gente de guerra embrazaba con el
brazo izquierdo para resguardarse de los golpes de sus enemigos; pintado en
ella los soldados cifras y diversas figuras, con arreglo a la inclinación y costumbre
de cada país; haciéndolo en esta parte por ser la más expuesta y visible.
El origen del
blasón se pierde en la noche de los tiempos.
Atribuyen la
invención del escudo a Palas, y el estilo de llevarle a caballo a Saturno. Los
romanos llegaron a imaginar que su primer escudo vino del cielo en tiempos de
Numa Pompilio. Algunos buscan su origen por los tiempos de Noé y hay quien lo
atribuye a Adán; y confundiendo los emblemas con las armerías han encontrado el
blasón tal como se conoce hoy en día, colgado en las tiendas de los campamentos
de los Israelitas. En la tragedia que escribió Esquilo, el más antiguo de los
tres grandes poetas de la Grecia, titulada Los siete contra Tebas, encontramos
ya el uso de los escudos de emblemas: vamos a traducir algunos pasajes de la
misma bastante curiosos y que servirán para nuestro propósito.
Pratida.- El guerrero sacude dando gritos tres espesos
airones que forman el penacho de su casco, e infunde el espanto haciendo sonar
los cascabeles de bronce que penden de su escudo. En este se divisa un pomposo
emblema: tal es la imagen del cielo sembrado de resplandecientes estrellas, en
medio de las cuales brilla la luna llena, reina de los astros, ojo de la noche.
Y más adelante dice
el espía:
La puerta de electra
ha tocado a Capaneo. Su emblema es un hombre desnudo con una antorcha en la
mano: esta figura dice en letras de oro: yo abrasare la ciudad. (he aquí una
verdadera divisa.)
Esto no obstante,
los escudos de armas propiamente dichos, no existieron hasta el siglo X. Las
cruzadas, las justas y los toreos (2) hicieron necesario su uso y los
multiplicaron considerablemente; pero no fueron estables ni trasmitirles en las
familias hasta mediados del siglo XIII.
1).- La mayor parte de los autores que se han ocupado en la
ciencia del blasón, confunden muy a menudo el heraldo con el rey de armas,
siendo así que estos dos cargos son distintos y que cada uno de ellos tienen
sus atribuciones especiales.
El heraldo era un
oficial de guerra o de Estado soberano, cuyo empleo consistía principalmente en
hacer ciertas publicaciones solemnes, y en desempeñar además diversas funciones
en las ceremonias públicas. Antiguamente, al hacer el nombramiento de los
heraldos, se practicaba cierta ceremonia que fue llamada bautismo de los
heraldos, porque el rey vaciaba una copa de vino sobre la cabeza del aspirante,
dándole el nombre de una heraldia. El heraldo traía estampado sobre cada magna
de su vestido el nombre de su provincia.
El rey de armas era
el jefe de los heraldos de armas y presidia su capítulo ejerciendo una
jurisdicción en las armerías.
2).- Las justas y los
torneos son dos diversiones muy distintas que no deben confundirse.
En los tiempos
caballerescos la justa era un combate a caballo y con lanza. Luego estendióse
la significación de esta palabra a otros combates, y las justas se hicieron
ordinariamente en los torneos después de haber combatido todos los campeones.
No obstante a veces se hacia fuera de los torneos. Como las damas eran el ama
de las justas, los caballeros no terminaban nunca este juego sin romper antes
en su honor una lanza que llamaban lanza de damas. Este homenaje acostumbraba a
repetirse peleando, ya con la espada, con el hacha, o con la daga.- Los
españoles fueron los que introdujeron las justas en Francia, cuyo ejercicio lo
aprendieron de los moros, llamándolo después juego de cañas, porque al principio consistía en una especie de
simulacro bélico, en que los jinetes se arrojaban de punta cañas de dos o tres
varas de largas, señalándose la habilidad de los unos en dirigirlas con pulso
certero, y la de los otros en esquivar oportunamente el golpe y resguardarse a tiempo con los broqueles o
adargas.- La diversión llamada Justas
sobre agua, consistía en dos personas, colocadas cada una en la proa de un
botecillo, con el objeto de hacerse caer al agua.
Los torneos eran
una fiesta publica y militar, donde los hombres de armas recibidos caballeros y
seguidos de sus escuderos, se disputaban en campo cerrado el precio de su
intrepidez. Los torneos eran también escuelas de proezas y de guerra, y allí
fue donde crecieron los Bayardos y los
Duguesclins. Los primeros torneos fueron simplemente corridas de caballos
alrededor de estacas plantadas a manera de lanzas. Finido el combate, los jueces
del campo adjudicaban el precio de la carrera al caballero que había roto más
lanzas y que no había sido desmontado durante el combate, conduciéndole con
pompa ante la Dama soberana del torneo, la cual festejaba al caballero con
varios presentes, teniendo este el derecho de darle un beso, como complemento
de su triunfo, al recibir el premio de su gloria. Luego era conducido el
caballero a palacio en medio de los vítores de la muchedumbre y allí era
desarmado y cumplimentado por las damas.- El primer torneo que se dio en
Francia fue en 1060, y aunque la generalidad de los autores, sobre todo
franceses, proclaman a Godofredo, señor del Preuilly, como el legislador de los
mismos, sin embargo, no somos del mismo parecer, por cuanto las justas
caballerescas, preludio de los torneos, estaba ya en uso en Alemania en 938.
D. Alonso V de
Aragón, celebro en 1424 en el Borne de Barcelona una especie de torneo en
celebridad del armamento que acababa de aprestar para una segunda expedición a
Nápoles.
En la crónica del
Rey D. Juan II de Castilla, se hace también mención de varias funciones de esta
clase que se celebraron en su reinado. Entre otras las de Madrid del año de
1433, en que fueron mantenedores D. Iñigo López de Mendoza, marqués de Santillana,
y Diego Hurtado, su hijo, con veinte caballeros y gentiles hombres de su casa,
y aventurero el condestable D. Álvaro de Luna con sesenta de la suya; y las de
Valladolid de 1434 en que lidio el rey D. Juan, y hubo dos cuadrillas, la una
vestida de verde y la otra de amarillo.
Los Escudos de Armas de Ciudades
Virreinales.
Durante el periodo Virreinal pocas poblaciones recibieron escudo de
armas y títulos de ciudades, por un trabajo de investigación realizado en el
año de 2011, sabemos lo
siguiente:
Ciudad. Primer Santo Patrón. Año/
titulo.
Ciudad de México. San Hipólito. 1523.
Veracruz. Santa Cruz. 1523.
Segura de la Frontera. ¿?. 1523.
Antequera (Oaxaca). (Santa María).
1532.
Puebla. San Miguel y Santos Ángeles.
1533.
Granada (Tzintzuntzan). ¿San
Francisco? 1534.
Tlaxcala. La Asunción. 1535.
Cholula. San Pedro. 1535 -1540.
Guadalajara. San Miguel. 1539.
Texcoco. San Antonio. 1543 – 1551.
Pátzcuaro. San Pedro y San Pablo.
1553.
Huejotzingo. San Miguel. 1553.
Xochimilco. San Bernardino y Santa
Cruz. 1559.
Tepeaca. San Francisco. 1559.
Tacuba. San Gabriel. 1564.
Valladolid (Michoacán). ¿? ca. 1580.
Zacatecas. Nuestra Señora. 1585 –
1588.
Tzintzuntzan. San Francisco. 1593 –
1595.
Mérida. San Idelfonso. 1618.
Durango. ¿San Mateo? ca. 1621.
Salvatierra. San Andrés. 1644.
Celaya. La Concepción. 1655.
Querétaro. Santiago y Santa Cruz.
1656.
San Luis Potosí. San Luis Rey. 1658.
Tehuacán. La Concepción. 1660.
Monterrey. Nuestra Señora. 1672.
Guanajuato. Santa Fe. 1741.
Y Campeche. San Francisco. 1777.
Hasta aquí la lista de Antonio Rubial
García.
Algunos lugares no están en esta lista, como
por ejemplo:
Villahermosa. San Juan Bautista.
1598.
Yo agregaría ¿Qué el rey que otorgó
títulos y escudos a las ciudades?, y otros datos.
Escudos de Armas.
Ciudad de México.- Por Carlos I de
España y V de Alemania. (Muy Noble e Insigne, Muy Leal e Imperial Ciudad de
México). “Dada en la Villa de Valladolid, a cuatro días del mes
de Julio; Año del Nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo, de mil e
quinientos veinte e tres años. Yo el Rey”.
Veracruz.- Por el Rey Carlos V.
(Villa Rica de la Veracruz). “Dada en la Villa de Valladolid a
cuatro días del mes de julio de Nacimiento de Nuestro Señor Salvador
Jesucristo, de mil quinientos e veinte y tres años”.
Segura de la Frontera.- Por Carlos V.
Título de Ciudad a la Villa de Antequera, según real cedula expedida en Medina
del Campo a 25 de abril de 1532.
Antequera (Oaxaca).- Por Carlos V.
(La muy Noble y Leal Ciudad de Antequera). En 1532 por medio de la cédula real firmada el 25 de
Abril en Medina del Campo, España.
Puebla.- “El 20 de
julio de 1538 en Valladolid se otorgó a
Puebla el escudo de armas, esto se hizo por medio de una Cédula Real por
parte de Carlos V y su madre la reina Juana”.
Granada – Tzintzuntzan.- 1534 o 1593.
o 1523? Otros dicen en 1595.
Tlaxcala.- Titulo indígena. Por
Carlos V. El escudo de armas fue otorgado por medio de una real
provisión expedida en Madrid, el 22 de abril de 1535, como respuesta de la
Corona de España a la solicitud del gobernador Diego Maxixcatzin, de la
cabecera de Ocotelulco, en nombre de la ciudad de Tlaxcala.
Cholula.- 1537. Titulo indígena. Por
Cédula Real del Príncipe Felipe II de España y otorgada por el emperador Carlos
V, el 27 de octubre de 1535, se concedió
a Cholula el título de Ciudad. El 19 de junio de 154º, el emperador Carlos V y
su madre doña Juan de Castilla, otorgaron el Escudo de Armas.
Guadalajara.- “Durante
este periodo de estabilidad, se constituyó el Cabildo de la villa, el cual
mediante sesión del 15 de enero de 1539 decidió solicitar al entonces rey de España
Calos I le concediera el título de ciudad. Ello fue aceptado por el rey y
mediante cedula real del 8 de noviembre de 1539 en la cual se le concedía
además el escudo correspondiente”.
Texcoco.- “El escudo de
armas de la ciudad de Texcoco fue otorgado por Carlos I de España (y V del Sacro
Imperio Romano – Germánico), el 9 de septiembre de 1551. El escudo aunque de
diseño castellano, contiene elementos eminentemente prehispánicos”.
Pátzcuaro.- Título indígena. “El
escudo de armas, fue concedido a la ciudad de Pátzcuaro el día 21 de julio de
1553 por Carlos V Rey de España. De acuerdo a la Cédula Real, ordenaba que en
dicho escudo” “...haya una laguna de agua de su color con una iglesia sobre
un peñal flanqueada por los apóstoles San Pedro y San Pablo y cerca de dicha
laguna, e iglesia, la iglesia Catedral”.
Huejotzingo.- “Título indígena. El
18 de agosto de 1556 fue concedido por Felipe II, Rey de España y firmado en Valladolid
por la princesa Juana”.
Xochimilco.- “Título indígena.
El 4 de marzo de 1559 el rey Felipe II de España otorgó a Xochimilco título de
nobleza y escudo de armas”.
Tepeaca.- 27 de febrero de 1559. Título
indígena. “El Escudo de Armas le fue concedido el 22 de febrero
de 1549” (así lo dicen en varias partes de internet). Creo que esta fecha de
1549 está equivocada. El cronista de Tepeaca Francisco Jiménez Villa dice así:
“A continuación transcribo fragmentos de la Real Cédula que conceden a Tepeaca
el privilegio de armas del 22 de febrero de 1559”.
Tacuba.- 1564. Titulo indígena.
Valladolid (hoy Morelia).- Alrededor
de 1580? “El primer nombre de la ciudad fue Ciudad de Mechoacán,
pero fue cambiado a Valladolid en 1545, año en que el rey Carlos I de España
(también conocido como el emperador Carlos V en el Sacro Imperio
Romano-Germánico), concedió las armas a la ciudad”.
Zacatecas.- El 8 de octubre de 1585,
título de Ciudad concedido en Monzón, y 20 de julio de 1588 título de armas,
por Felipe II, concedido en San Lorenzo (el Escorial). Muy Noble y Leal Ciudad de Nuestra Señora de
los Zacatecas.
Tzintzuntzan.- 1593. Titulo indígena.
“El gobierno municipal de Tzintzuntzán conserva un escudo de
armas diferente, elaborado en 1802, en el que se representan tres reyes de
estilo europeo. Este escudo está acompañado de glosas que identifican a los
reyes como los tres últimos gobernantes indígenas de la capital prehispánica.
Una copia de principios del siglo XX del documento permanece en el MRM. A
finales del siglo XVIII, Beaumont hizo una copia de una versión anterior de
este mismo documento y la incluyó en su crónica. Un escudo de armas similar fue
y sigue siendo usado por el consejo de la ciudad de Guayangareo-Valladolid (hoy
en día Morelia, capital de Michoacán). Véase Silva Mandujano (1989).”
Villahermosa.- 1598. Por Felipe II.
Título de Villahermosa de San Juan Bautista. (Hoy Villahermosa Tabasco).
Mérida.- Muy
Noble y Muy Leal Ciudad de Mérida. Tiene dos fechas: 14 de junio de 1543 y 18
de agosto de 1618. “El 18 de agosto de 1618, Felipe III firmó, en el
monasterio de San Lorenzo el Real, el anhelado Real Privilegio de Armas a
Mérida de Yucatán de las Indias, "en premio a su fidelidad y buenos
servicios", en los siguientes términos:
He tenido
por bien y por la presente hago merced a dicha Ciudad de Mérida, de la dicha
Provincia de Yucatán, de que ahora, y de aquí en adelante haya y tenga por sus
armas conocidas un escudo con un león rampante en campo verde y un castillo
torreado en campo azul, según va aquí pintado tal como este..."
Durango.- 1621 a 1631? Por Felipe IV.
Salvatierra.- 1644. “El
1º de abril de 1644 se le concede el título de ciudad con el nombre de San
Andrés de Salvatierra, en virtud de la ordenanza expedida el 9 de febrero del
mismo año por el virrey García Sarmiento de Sotomayor. Esta fundación se
originó con una población casi exclusiva de españoles, situación que permitió
que el décimo noveno Virrey de la Nueva España otorgara Cédula Real a través de
la cual, la antigua población de San Andrés Chochones fuera elevada en rango
para convertirse en la primera en ostentar la categoría de ciudad entre todas
las que actualmente conforman el estado de Guanajuato. Esta licencia se otorgó
conforme lo dispuesto por Felipe IV, rey de España, en su real cédula dada en
Cuenca el 12 de junio de 1642.”
Celaya.- 1655. Por
Felipe IV. “El escudo de armas fue concedido a Celaya por el
monarca español don Felipe IV el 20 de octubre de 1655 (hace casi 345 años), en
la que la elevó al rango de ciudad.
En diciembre de 1658 confirmó a Celaya el título de ciudad y
ordenó que, por escrito y de palabra se le intitule “Muy noble y leal ciudad de
Zelaya de la Purísima Concepción.”
Querétaro.- 25 de enero de 1656.
“El escudo donado por la corona española a la ciudad de Querétaro en 1665 está
dividido en tres campos donde se muestran los significados.”
“El 25 de enero de 1656 se le dio
a Querétaro el título de "Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Santiago de
Querétaro; y así mismo se le regaló un escudo de armas donado por la Corona
Española el cual resulta de las Capitulaciones con las que se consiguió ese
privilegio. Acto que fue aprobado y confirmado por la cédula real expedida por
Felipe V el 29 de septiembre de 1712.”
San Luis Potosí.- 17 de agosto de
1658 por Felipe IV. “Fue el Virrey Don Francisco Fernández de la
Cueva Duque de Alburquerque en el año de 1656 quien otorgo a nuestra capital el
escudo de armas al entonces pueblo hispánico de San Luis Minas del Potosí de la
Nueva España junto con el título de ciudad, y fue el mismo Rey Felipe IV quien
lo confirmo en Madrid un 17 de Agosto de 1658.”
Tehuacán.- 16 de marzo de 1660.
Monterrey.- 1667, título de ciudad
por Felipe IV. Y el 9 de mayo de 1672 escudo de armas por la Reyna Mariana de
Austria. “Origen del escudo de
Monterrey. Su origen se remonta al año de 1667 cuando Don
Nicolás de Azcárraga. Caballero dela Orden de Santiago y Gobernador y Capitán
General del Nuevo Reino de León, inicia las gestiones tendientes para que se
concediera un escudo de armas a la Ciudad de Monterrey. Finalmente y mediante
una cédula con fecha del 9 de mayo de 1672, signada por la Reina Mariana
de Austria, viuda de Felipe IV, como tutora y gobernadora, a nombre de su hijo
el Rey Carlos II, que a la sazón contaba solamente con once años de edad. Esta
Cedula facultaba al gobernador para aprobar el escudo que la dicha ciudad
eligiere. La Cedula Real que ordena la creación del escudo fue expedida el 9 de
mayo de 1673”.
Guanajuato.- Debe su nombre de Ciudad de Santa Fe y Real
de Minas de Guanajuato, merced al título firmado por Felipe V, Rey de España el
8 de diciembre de 1741.
Campeche.- “El escudo
de armas del Estado de Campeche, es el escudo oficial que representa al Estado
Libre y Soberano de Campeche, México, el cual le fue otorgado, a la Ciudad de
San Francisco de Campeche, en 1777 por el rey de España Carlos III.
Título
de ciudad de Nuestra Señora a la población de las Minas de los Zacatecas
“Don
Felipe II de este nombre, por la gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de
Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada,
de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de
Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de las Algarves, de Algeciras, de
Gibraltar, de las Islas de Canaria, de
las Indias Orientales y Occidentales, islas y tierra firme del Mar Océano;
Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, Bravante y Milán, Conde de Habsburgo,
de Flandes, de Tirol y de Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Por cuanto habiendo entendido
que a causa de la mucha riqueza que se saca de las minas de los Zacatecas, en
la Provincia de la Nueva Galicia y por la grande y ordinaria contratación que
allí se tiene, se ha congregado en aquel asiento y viven y asisten de ordinario
en el muchos españoles, con sus casas y haciendas y tienen allí raíces y deseo
de conservarse en aquella población. La cual por no tener forma y orden de
república, ni el gobierno que se requiere, los que allí residen no tienen modo
de permanencia, ni asientan ni se avecindan allí otros que lo harían, gozando
de los privilegios que tienen y gozan los que viven en republicas
concertadas. Y por mi voluntad es que
esta vaya en aumento, y los vecinos de ella vivan con contentamiento.
Por la presente quiero y es mi
voluntad, que agora y de aquí en adelante para siempre jamás, aquella población
sea y se intitule La Ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, teniendo a esta
gloriosa Señora Nuestra por intercesora y abogada y patrona de aquella ciudad,
y con favor y amparo sea acrecentada y ennoblecida. Y así mismo quiero que sus
vecinos gocen de todos privilegios,
franquezas y gracias de que deben gozar todos los otros vecinos de semejantes
ciudades; y que esta pueda poner el dicho título y se ponga en todas las escrituras,
autos y lugares públicos, y así se lo llamen los reyes que después de mi
vinieren; a los cuales encargo que amparen y favorezcan esta nueva ciudad, y le
guarden y hagan guardar las dichas gracias y privilegios. Y mando a todos mis
súbditos y naturales eclesiásticos y seglares de cualquier estado, dignidad,
preminencia o calidad que sean, que llamen e intitulen para siempre jamás a la
dicha población, la Ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, y que ninguno
vaya ni pase contra este privilegio, guardándole todo y cada uno de por sí,
como si en particular fuera dirigido a cualquiera que fuere mostrado y pedido
su cumplimiento. De lo cual mande dar la presente firmada de mi mano y sellada
con mi sello. En Monzón, a 18 de octubre de mil quinientos y ochentas y cinco
años. – Yo, El Rey.
Yo Antonio de Eraso, Secretario de su Majestad Católica, la hice escribir
por su mandado.
Registrada.
Pedro de Ledesma.- (Rúbrica.)
El Lic. Hernando de Vega de Fonseca.- (Rúbrica.)
El Lic. Diego García de Salazar.- (Rúbrica.)
El Lic. Alonso Martínez Spadero.- (Rúbrica.)
El Dr. Josepho de Soubillon.- (Rúbrica.)
El Dr. Lope de Vaillo.- (Rúbrica.)
Diego de Anzueta.- (Rúbrica.)
En la ciudad de Guadalajara, a
diecisiete días del mes de noviembre de mil quinientos e ochenta y seis años,
los señores presidente y oidores de la Audiencia Real del Nuevo Reino de
Galicia, estando en acuerdo, habiendo visto el Privilegio Real de S. M.,
contenido en las hojas antes de esta, en que por él hace merced a la población de
las minas de los Zacatecas de darle título de ciudad, nombrándole Nuestra
Señora de los Zacatecas, lo tomaron en sus manos y lo besaron y pusieron sobre
sus cabezas, y dijeron que lo obedecían y obedecieron con la reverencia y
acatamiento debido, y mandaban y mandaron se dé carta provisión real de S. M.,
para que adelante fuere, lo guarde y
cumpla y que libremente dejen hacer su elección de alcaldes y regidores y otros
oficiales, según e como se acostumbra hacer en esta ciudad y en las demás de
estas Indias, y se le guarden las franquezas, mercedes y exenciones y
libertades que se guardan a esta dicha ciudad, y para ello se notifique al
escribano de Cabildo le entregue un traslado de ellas, para que se le guarden y
cumplan; y así lo proveyeron y mandaron.
(Tres rúbricas.)
Ante mí.
Juan Salado.- (Rúbrica.)
En las minas de los
Zacatecas, a cinco días del mes d diciembre de mil quinientos y ochenta y seis
años, ante el muy ilustre señor D. Félix de Zúñiga y Avellaneda, corregidor por
S. M., en las dichas minas, pareció el bachiller Gonzalo Valadez, diputado e
procurador general de la Republica, estando en cabildo con los señores rector e
diputados, se presentó este privilegio de la majestad del Rey D. Felipe nuestro
señor, e pidió la guarda e cumplimiento de él, y justicia y testimonio; y el
señor corregidor le tomo en sus manos el dicho privilegio se S. M., e lo beso y
puso sobre su cabeza, e dio que lo obedece con el acatamiento que debe y es
obligado, como privilegio y carta de su rey y señor natural, y esta presto de
que se guarde y cumpla lo en el contenido, y lo firmo.
D. Félix de Zúñiga.- (Rúbrica.)
Alonso de Ávila León. Escribano Público.- (Rúbrica.)
Zacatecas, marzo primero de
mil seiscientos y diecinueve años. Saque testimonio de Real Privilegio, y paso
a él, dado de mandato de los señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta
ciudad, a quien lo entregue en tres fojas.
Sebastián Gutiérrez de Ávila. Escribano Publico y de Cabildo.- (Rúbrica.)
En treinta de mayo de mil seiscientos y ochenta y siete años, entrego
este privilegio Joseph Ruiz de Oliver, vecino de esta ciudad, y lo entregó al
Lic. D. Alonso de León, regidor perpetuo de esta ciudad y procurador general de
esta ciudad.
El Dr. Lope de León.- (Rúbrica.)”
Título de Muy Noble y Leal a la
ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, de la provincia de la Nueva Galicia.
“Don
Felipe II de este nombre, por la gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de
Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada,
de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de
Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de las Algarves, de Algeciras, de
Gibraltar, de las Islas de Canaria, de
las Indias Orientales y Occidentales, islas y tierra firme del Mar Océano;
Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, Bravante y Milán, Conde de Habsburgo,
de Flandes, de Tirol y de Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Por cuanto habiéndoseme suplicado por parte del Consejo, Justicia y
Regimiento de la ciudad de Nuestra señora de los Zacatecas, en la Provincia de
la Nueva Galicia, que atento a lo que los vecinos y moradores de la dicha ciudad me han servido
y debía esperar me sirvieran en lo que se ofreciere, los mandase honrar y hacer
merced de mandar llamar e intitular a la dicha ciudad: Muy Noble y Leal, visto
por los de Real Consejo de las Indias, acatando a lo sobredicho, y por el deseo
que tengo del aumento y ennoblecimiento de la dicha ciudad, lo he tenido y
tengo así por bien. Por tanto: por la presente llamo ye intitulo a la dicha
ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, Muy Noble y Leal, y la doy licencia
y facultad para que agora y de aquí adelante, perpetuamente, se los pueda
llamar e intitular y ponerlo en si en todas y cualesquiera escrituras y autos
que en ella hicieren y otorgaren, y cartas que escribieren, y mando que todos mis
escribanos os llamen y escriban así, según y de la manera que se le hace y debe
hacer con las otras ciudades de estos mis reinos y de las Indias, que tienen
semejante merced y facultad, y encargo al serenísimo príncipe D. Felipe, mi muy
caro y muy amado hijo, y a los reyes que me sucedieren, y mando a los infantes,
prelados, duques, marqueses, condes, ricos hombres, maestres de las ordenes,
priores, comendadores y subcomendadores, Alcides de los castillos y casa
fuertes y llanas, y los del mi Consejo, presidentes e oidores de las mis
audiencias reales, alcaldes, alguaciles de mi casa y corte y chancillería, y a
todos los consejeros, corregidores,
asistentes, gobernadores, veinticuatros, regidores, jurados, caballeros,
escuderos, oficiales y hombres buenos de todas ciudades, villas y lugares de
todos mis reinos y señoríos y de las dichas Indias, islas y tierra firme del
Mar Océano, así a los que agora son como a los de aquí en adelante fueren, y a cada uno y cualquier de ellos en
su jurisdicción, que guarden y cumplan y hagan guardar y cumplir esta mi carta,
y contra lo en ella contenido no vayan ni pasen ni consientan ir ni pasar en
manera alguna. Dada en San Lorenzo, a veinte días del mes de julio de mil
quinientos y ochenta y ocho años.- Yo, El Rey.
Yo, Juan de Ibarra, Secretario del Rey nuestro
señor, la hice escribir por su mandado. (Una rúbrica.)
Registrada.
Pedro de Ledesma.- (Rúbrica.)
Canciller. D. Juan Sardaneta.- (Rúbrica.)
El Lic. Hernando de Vega.- (Rúbrica.)
El Lic. Diego García de Salazar.- (Rúbrica.)
El Dr. Pedro Gutiérrez Flores.- (Rúbrica.)
El Lic. Alonso Martínez Spadero.- (Rúbrica.)
El Lic. D. Gonzalo de Zúñiga.- (Rúbrica.)
El Lic. ……de Mercado.- (Rúbrica.)
En la ciudad de Guadalajara, a
veintisiete días del mes de enero de mil quinientos e noventa y cuatro años, el
Dr. Santiago de Vera, del Consejo del Rey nuestro señor, y su gobernador del
Nuevo Reino de Galicia, y presidente de la Audiencia Real que en el reside,
habiendo visto el privilegio en la hoja antes de esta contenido, en que S. M.,
hace merced a la ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas se intitule Muy
Noble y Leal, y lo pedido por Diego Martin de Rivera, procurador de la dicha
Real Audiencia, en nombre de Baltazar de Bañuelos, vecino de la dicha ciudad,
cerca de que se mande guardar e cumplir, lo tomo en sus manos y lo beso y puso
sobre su cabeza, y lo obedeció con la
reverencia y acatamiento debido, y mandaba y mando se guarde y cumpla lo que
por el S. M., manda. Y así lo mando y fiemo.
El Dr. Santiago de Vera.- (Rúbrica.)
Ante mí. Juan Salado.- (Rúbrica.)
Muy Noble y Muy Leal Ciudad de
Nuestra señora de Zacatecas. Traído a costa y solicitud de Baltazar Temiño de
Bañuelos.”
Título de Armas a la Ciudad de
Nuestra Señora de los Zacatecas, de la Provincia de la Nueva Galicia.
“Al margen: 1588.
Escudo a la ciudad de Zacatecas.
Don Felipe Segundo de este nombre, por la
gracia de Dios, etc.
Por cuanto por parte de
la ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, de la Provincia de la Nueva
Galicia, me ha sido hecha relación que los vecinos de ella me han servido con
mucha fidelidad, cuidado y trabajo, así en defenderla de los indios chichimecas
que acuden a hacer daños en aquella comarca, y por los caminos, como en la
labro y beneficio en las minas de plata de aquel entorno de que se ha sacado
y continuamente saca mucha riqueza, y se
me ha suplicado que atento a lo sobredicho, y para que de la dicha ciudad,
lealtad y servicios de los vecinos de ella quedase memoria, le mandase señalar
armas y dar blasón y título de ellas, o como mi merced fuese, y yo acatando lo
sobredicho lo he tenido por bien, por ende y por la presente hago merced a la
dicha ciudad, de que agora y de que en adelante haya y tenga por sus armas
conocidas, un escudo y en él una peña grande, por esta la dicha ciudad fundada
al pie de otra que se llama la Bufa, y en lo más eminente una cruz de plata, y
en una parte la más acomodada de la mesma peña una imagen de Nuestra Señora,
por haberse descubierto aquel cerro y peñasco en su glorioso descubrimiento en
el día de su glorioso Nacimiento, Juanes de Tolosa, y más abajo una cifra
coronada de oro, que diga: Phelippe, para que siempre haya memoria de haberse
intitulado y ennoblecido la dicha ciudad en el tiempo que por la misericordia
de Dios, yo reino; y en los dos extremos de lo más alto de dicho escudo, el sol
y la luna, y en la halda de la dicha peña cuarto retratos de personas en campo de plata, por memoria
del dicho Juanes de Tolosa y de Diego de Ibarra, Baltazar de Bañuelos y el
Capitán Cristóbal de Oñate, primeros cuatro descubridores del dicho cerro y
peñasco y pobladores de la dicha ciudad, y debajo un letrero que diga, Labor Vincit
Omnia, y en la orla cinco manojos de flechas entremetidos con otros cinco
arcos, que son las armas de que usan los
dichos indios chichimecas según que aquí va pintado y figurado.
Las cuales damos a la dicha ciudad de
Nuestra Señora de los Zacatecas por sus armas y divisa señaladas, para que las
pueda traer y traiga y ponga en sus pendones, escudos, sellos, banderas y
estandartes, y en las otras partes y lugares que quisiere y por bien tuviere,
según y cómo y de la forma y manera que las ponen y traen las otras ciudades de
mis reinos, a quien tengo dadas armas y divisa, y por esta mi carta
encargo al serenísimo príncipe Don
Phelipe, mi muy caro y muy amado hijo, y mando a los infantes, prelados,
duques, marqueses, condes, ricos hombres, maestres de las ordenes, priores y
subcomendadores, alcaides de los castillos y casas fuertes y llanas y los de mi Consejo, presidente e oidores de
las mis audiencias reales; alcaldes, alguaciles de mi casa y corte y chancillerías,
y a todos los Consejos, corregidores, asistente, gobernadores, veinticuatros,
regidores, jurados, caballeros, escuderos, oficiales y hombres buenos de todas
las ciudades, villas y lugares de estos mis reinos y señoríos y de las dichas
mis indias, islas y tierra firme del Mar Océano, así a los que agora son como a
los que de aquí en adelante fueren, y a cada uno e cualquier de ellos en su
jurisdicción, que sobre ello fueren requeridos, que guarden y cumplan, y hagan
guardar y cumplir la dicha merced que así hago a la dicha ciudad de Nuestra Señora
de los Zacatecas, de las dichas armas, para que haya y tenga por sus armas
conocidas, y que en ello ni en parte de ello
embargo ni contradicción alguna no les pongan ni consientan poner agora
ni en tiempo alguno, ni por alguna manera. Dada en San Lorenzo a veinte días
del mes de julio de mil y quinientos y ochenta y ocho años. Yo, el Rey.
Refrendado de Juan de Ibarra y firmado
del Presiente Hernando de Vega de Fonseca, Gasca, Espadero, don Diego de
Zúñiga. El Dr. Pedro Gutiérrez Flores.
Queda concertado de uno
de los libros Reales de esta secretaria de gracia de nuestra Señoría.
Rúbrica. Juan Fernández.”
El Escudo de Armas de la Ciudad de
Zacatecas.
“Don
Felipe II de este nombre, por la gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de
Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada,
de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de
Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de las Algarves, de Algeciras, de
Gibraltar, de las Islas de Canaria, de
las Indias Orientales y Occidentales, islas y tierra firme del Mar Océano;
Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, Bravante y Milán, Conde de Habsburgo,
de Flandes, de Tirol y de Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Por cuanto por parte de la ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, de
la Provincia de la Nueva Galicia, me ha sido hecha relación que los vecinos de
ella me han servido con mucha fidelidad, cuidado y trabajo, así en defenderla
de los indios chichimecas que acuden a hacer daños en aquella comarca, y por
los caminos, como en la labro y beneficio en las minas de plata de aquel
entorno de que se ha sacado y
continuamente saca mucha riqueza, y se me ha suplicado que atento a lo
sobredicho, y para que de la dicha ciudad, lealtad y servicios de los vecinos
de ella quedase memoria, le mandase señalar armas y dar blasón y título de
ellas, o como mi merced fuese, y yo acatando lo sobredicho lo he tenido por
bien, por ende y por la presente hago merced a la dicha ciudad, de que agora y
de que en adelante haya y tenga por sus armas conocidas, un escudo y en él una
peña grande, por esta la dicha ciudad fundada al pie de otra que se llama la
Bufa, y en lo más eminente una cruz de plata, y en una parte la más acomodada de
la mesma peña una imagen de Nuestra Señora, por haberse descubierto aquel cerro
y peñasco en su glorioso descubrimiento en el día de su glorioso Nacimiento,
Juanes de Tolosa, y más abajo una cifra coronada de oro, que diga: Phelippe,
para que siempre haya memoria de haberse intitulado y ennoblecido la dicha
ciudad en el tiempo que por la misericordia de Dios, yo reino; y en los dos
extremos de lo más alto de dicho escudo, el sol y la luna, y en la halda de la
dicha peña cuarto retratos de personas
en campo de plata, por memoria del dicho Juanes de Tolosa y de Diego de Ibarra,
Baltazar de Bañuelos y el Capitán Cristóbal de Oñate, primeros cuatro
descubridores del dicho cerro y peñasco y pobladores de la dicha ciudad, y
debajo un letrero que diga, Labor Vincit Omnia, y en la orla cinco manojos de
flechas entremetidos con otros cinco arcos, que son las armas de que usan los dichos indios chichimecas
según que aquí va pintado y figurado.
Las cuales damos a la dicha ciudad de
Nuestra Señora de los Zacatecas por sus armas y divisa señaladas, para que las
pueda traer y traiga y ponga en sus pendones, escudos, sellos, banderas y
estandartes, y en las otras partes y lugares que quisiere y por bien tuviere,
según y cómo y de la forma y manera que las ponen y traen las otras ciudades de
mis reinos, a quien tengo dadas armas y divisa, y por esta mi carta
encargo al serenísimo príncipe Don
Phelipe, mi muy caro y muy amado hijo, y mando a los infantes, prelados,
duques, marqueses, condes, ricos hombres, maestres de las ordenes, priores y
subcomendadores, alcaides de los castillos y casas fuertes y llanas y los de mi Consejo, presidente e oidores de
las mis audiencias reales; alcaldes, alguaciles de mi casa y corte y chancillerías,
y a todos los Consejos, corregidores, asistente, gobernadores, veinticuatros,
regidores, jurados, caballeros, escuderos, oficiales y hombres buenos de todas
las ciudades, villas y lugares de estos mis reinos y señoríos y de las dichas
mis indias, islas y tierra firme del Mar Océano, así a los que agora son como a
los que de aquí en adelante fueren, y a cada uno e cualquier de ellos en su
jurisdicción, que sobre ello fueren requeridos, que guarden y cumplan, y hagan
guardar y cumplir la dicha merced que así hago a la dicha ciudad de Nuestra Señora
de los Zacatecas, de las dichas armas, para que haya y tenga por sus armas
conocidas, y que en ello ni en parte de ello
embargo ni contradicción alguna no les pongan ni consientan poner agora
ni en tiempo alguno, ni por alguna manera. Dada en San Lorenzo a veinte días
del mes de julio de mil y quinientos y ochenta y ocho años.
Yo, el Rey.
Yo Juan de Ibarra,
Secretario del Rey nuestro señor, la hice escribir por su mandado. (Una
rúbrica.)
El Lic. Hernando de la
Vega de Fonseca.- (Rúbrica.)
El Lic. D. Gonzalo de
Zúñiga.- (Rúbrica.)
El Lic. Diego García de
Salazar.- (Rúbrica.)
El Dr. Pedro Gutiérrez
Flores.- (Rúbrica.)
El Lic. Alonso Martínez
Spadero.- (Rúbrica.)
Registrada.
Pedro de Ledesma.-
(Rúbrica.)
Canciller.
D. Juan de Sardaneta.-
(Rúbrica.)
En la
ciudad de Guadalajara, a veintisiete días del mes de enero de mil quinientos
noventa y cuatro años, el Dr. Santiago de Vera, del Consejo de Rey nuestro
señor, u su gobernador del Nuevo Reino de Galicia, y presidente del Audiencia
Real que en el reside, habiendo visto este privilegio en que S.M. hace merced a
la ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas de las armas en el contenidas…. Lo
pedido por Diego Martin de Rivera en nombre de Baltazar de Bañuelos, vecino de
la dicha ciudad, cerca de que mande guardar
y cumplir, lo tomo en sus manos y lo beso y puso sobre su cabeza, y lo
obedeció con el acatamiento debido, y mandaba y mandó se guarde e cumpla lo que
por el S. M. manda. Y así lo proveyó e firmo.
El Dr. Santiago de
Vera.- (Rúbrica.)
Ante mí.
Juan Salado.- (Rúbrica.)”
Continuará.
Guadalupe, Zac., 22 de Septiembre de 2014.